En Gestoría Munguía gestionamos la solicitud de los distitivos medioambientales para vehículos, garantizando que tu coche o moto cumpla con la normativa vigente.
Los distintivos medioambientales de la DGT son distintivos que clasifican los vehículos según su nivel de emisiones contaminantes. La Dirección General de Tráfico las asigna en función del tipo de motor, combustible, año de matriculación y normativa europea de emisiones que cumple el vehículo.
En la práctica, la etiqueta indica hasta dónde puede circular tu vehículo y en qué condiciones.
Son necesarias porque:
Determinan el acceso a Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en ciudades como Donostia y otras localidades.
Condicionan restricciones de circulación en episodios de alta contaminación.
Afectan al estacionamiento regulado, bonificaciones o recargos.
Son cada vez más relevantes para comprar o vender un vehículo.
No tener la etiqueta adecuada puede implicar multas o limitaciones de uso, aunque el vehículo esté en perfecto estado.
No siempre es obligatorio llevarla colocada, pero sí es obligatorio cumplir las restricciones asociadas a ella. Llevarla visible evita sanciones, confusiones y explicaciones innecesarias.
CERO (azul): vehículos eléctricos o híbridos enchufables con gran autonomía eléctrica.
Identifica a los vehículos más eficientes. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos de batería (BEV) , eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
ECO: híbridos, híbridos enchufables con menor autonomía y vehículos a gas.
Los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C.
C (verde): vehículos de gasolina y diésel relativamente recientes.
Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas, excluido el conductor, y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
B (amarilla): vehículos más antiguos, pero aún autorizados a circular.
Vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.
Los vehículos que no cumplen los requisitos no tienen etiqueta y son los primeros afectados por restricciones.